DEFINICIONES.
CONTRATO. Es un acuerdo bilateral, generalmente nominativo cuyo proposito es la creación y modificación de derechos y obligaciones.
CUASICONTRATO. Es el acuerdo generalmente verbal en el que las partes se comprometen a aceptar la desición o volutad de un tercero, por ejemplo: un arbitraje, una sentencia judicial o una gestión de negocios.
ACTOS ILICITOS. Tambien llamdos delitos son aquellos que afectan los derechos de terceros.
CUASIDELITOS. O delitos imperfectos, se presentan cuando en la comisión de un acto ilicito o reprochable falta un elemento esencial para ser considerado delictivo.
DERECHO OBJETIVO. Es el conjunto de derechos que se encuentran prescritos en una norma, tienen caracter formal y su válidez la establece el estado de donde provenga.
DERECHO SUBJETIVO. Se establece como el conjunto de derechos y obligaciones que una persona posee y que son propios de su status, suelen ser diferentes a los demás por su calidad párticular.
No hay comentarios:
Publicar un comentario